En la Argentina, uno de los países que desde la década del 90 maneja su política hacia las drogas con un planteo claramente orientado por la política estadounidense, según la cual, persiguiendo a los consumidores se llegaría a dar con quienes la comercializan; se está analizando, la posibilidad de despenalizar la tenencia para consumo personal de ciertas sustancias que hoy se mantienen prohibidas.
El puntapié inicial en este difícil debate lo dio el propio ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Aníbal Fernández, quién, en la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas celebrada en Viena en marzo de este año, afirmó sus intenciones (y las del Gobierno Argentino) de implementar la "reducción de daños" para tratar los casos de adicción y con ello despenalizar a su vez la tenencia para consumo personal de ciertas sustancias psicoactivas.
En cuanto al programa de reducción de daños para el tratamiento de adictos lo que se busca es que el paciente haga un progresivo abandono del uso de estupefacientes administrándole sustancias de menor riesgo. En lugar de esto hoy en el país se practica es "abstencionismo", en la que mediante dicha praxis se busca aislar al paciente de todo contacto con sustancias psicoactivas de manera terminante.
Ahora en cuanto a la despenalización de la tenencia para consumo el panorama es aun mas complejo.
Como se llegó a la legislación vigente acerca de estupefacientes
Hoy en día la situación en la que se encuentra un consumidor de estupefacientes en cuanto a la ley (la 23.737), es la de un criminal, quien bajo la figura de la "tenencia simple" debería explicarle al estado que lo que posee es para consumo personal, y no para la comercialización del mismo. De esta manera quien fuera "sorprendido" con sustancias ilícitas podrá estar acusado, según el criterio del acusador, de tenencia para consumo ( penas de un mes a dos años de prisión, intercambiables por una medida curativa); tenencia simple (penas de uno a seis años de prisión), o, siembra o tenencia para comercio (penas de cuatro a quince años de prisión).
La situación judicial de los consumidores de sustancias estupefacientes en nuestro país no siempre fue emparentada con la de un delincuente. Si bien en el año 1974, bajo el gobierno de Isabel Perón, se promulgo la ley 20.711, la cual indicaba que el consumo de estupefacientes "ocasiona peligros concretos para el orden público"; en el año 1986, con el voto del juez Petracchi en cuanto al caso Bazterrica, se declaro inconstitucional la penalización del consumo ya que "el Art.19 de la Constitución Nacional impide al legislador prohibir conductas que se desarrollan dentro de la esfera privada, este ámbito de reserva no solo se refiere a las acciones que se realicen en la intimidad, sino que alcanza también a todos los actos realizados en público que no perjudiquen a terceros".
Esta resolución duro en vigencia apenas tres años. Llegaron los años 90 y con ellos una nueva propuesta de país en la cual el inapelable y total alineamiento en cuestiones de estado con los EE.UU. era indiscutible. Mediante la sanción de la ley 23.737, la cual crea la figura de tenencia simple donde el acusado ya no cuenta con la presunción de inocencia, y, la resolución mediante la "mayoría automática" menemista en la Corte Suprema acerca del caso Montalvo donde se vuelve a declarar constitucional la persecución del consumidor; el estado argentino volvía de esta manera a reprimir una conducta de carácter íntimo.
El Proyecto
Lo que busca el Poder Ejecutivo es lograr que el Congreso apruebe una nueva Ley de Estupefacientes y no remendar la anterior. Se habla de que es necesaria una nueva ley porque desde sus bases la ley actual criminaliza y estigmatiza al consumidor en lugar de respetar su intimidad o en todo caso tratar el tema en el ámbito de la salud y no en el judicial.
El proyecto de ley buscaría también llenar un vacío legal que se genera con la ley vigente, y es que según la ley 23.737 es ilegal que un sujeto posea una droga para su consumo pero no es ilegal que se la consuma. Como una persona no puede consumir lo que no posee es por eso que el proyecto habla de la despenalización y no de la legalización de dichas sustancias, se busca según Silvia Inchaurraga, Presidenta de la Asociación de Reducción de Daños en la Argentina (ARDA), "abandonar la punición de conductas privadas"; pero nunca se objetó la ilegalidad del comercio de estupefacientes.
Para lograr la aprobación de dicha ley el ministro Aníbal Fernández creo el Comité Científico Asesor en materia de Control de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancia Psicotrópicas y Criminalidad Compleja compuesto por profesionales en diferentes disciplinas quienes junto a los diputados de la Comisión de Prevención de Adicción y Control de Narcotráfico buscan desarrollar este nuevo proyecto de ley a presentar al Congreso. La estrategia de dichas comisiones es consensuar y “aceitar” el proyecto antes de presentarlo para su tratamiento en el recinto y lograr de esta manera que su sanción no se vea demorada por debates infructíferos en cualquiera de las dos Cámaras.
Quienes apoyarían el nuevo proyecto
El oficialismo busca tener, y cree tener, consenso en el Congreso para aprobar dicha medida. Pero no solamente el Justicialismo encabezaría los votos favorables hacia el proyecto de ley. En la Unión Cívica Radical tanto históricos personajes como actuales legisladores se pronuncian a favor de la medida, tal es el caso de el ex presidente Raúl Alfonsin y de Gerardo Morales. También se cuenta con el apoyo de pioneros en tratar el tema en el parlamento como Leandro Gorbacz, del ARI autónomo y Diana Conti, del FPV.
Si bien es necesario el apoyo de la medida en el Congreso quienes más estarían de acuerdo con una nueva Ley de Estupefacientes y la supuesta despenalización son, irónicamente, muchos miembros del Poder Judicial y de la Policía. Esto se debe a que resulta muy incómodo y poco práctico juzgar y perseguir constantemente a simples consumidores ya que esta práctica casi nunca lleva a encontrar finalmente a quien la comercializa y estos casos en general es muy probable que nunca lleguen a tener una condena ya que por falta de pruebas, irregularidades en la toma de pruebas, o por falta de mérito, dichos expedientes suelen dormir archivados en los juzgados. Esto conlleva un enorme gasto presupuestario tanto para el sistema judicial como para la Policía.
Un ejemplo a tomar en cuenta es el año 2006, donde se tramitaron 12.801 causas por tenencia de drogas, de las cuales solo tres terminaron con alguna condena; esta situación le acarreó al estado un gasto de $5000 por cada causa.
Oposición al proyecto
Una oposición grande que suele tener todo intento de garantizar la libertad individual de los sujetos, es la propia Iglesia Católica. Ante el intento de despenalizar la tenencia de drogas para consumo personal el Cardenal Jorge Bergoglio coincidió, junto al mediático líder prohibicionista Claudio Izaguirre, en rechazar el intento de despenalización. “La preocupación de la Iglesia se hace más relevante frente a una acción oficial que, sin consulta a la sociedad, parece orientarse hacia la despenalización de la tenencia para el consumo” es lo que declaró la Comisión Pastoral Social; para la Iglesia “la droga es sinónimo de muerte, mucho más en estos tiempos en que hemos pasado de ser un país en tránsito a uno de alto consumo”.
Sin lugar a dudas la propuesta de discriminalizar a un simple consumidor es mas que favorable. El hecho de que en seno del propio Gobierno se entienda que las acciones de un sujeto en la intimidad, que no afectan a terceros, no pueden ser bajo ningún concepto intrometidas o reprimidas por el Estado; plantea una posibilidad única de una nueva legislación, pero también abre la cancha para generar un nuevo y necesario debate en la sociedad, esta vez con información adecuada y sin los miedos que tratan de meter los sectores a quienes no les interesa que se genere un análisis mas maduro de la situación.
Todavía quedaría pensar para los gestores de este nuevo proyecto de ley dónde y cómo se aprovisionaría un consumidor de tales sustancias, puesto que en el actual sistema no habría forma de acceder a dichos estupefacientes sin delinquir o al menos infrigir algún tipo de ley. Una propuesta muy interesante seria la de permitir al sujeto el autocultivo de plantas con componentes psicoactivos como el cannabis, o permitir una libre asociación para el autocultivo sin fines de lucro (como sucede en algunos países europeos) donde los mismos consumidores comparten la tarea de gestionar su producción de cannabis. Estas experiencias foráneas al día de hoy han resultado exitosas si se tiene en cuenta que los consumidores de esta manera pueden interiorizase acerca de la calidad de lo que ingieren, y no necesitarian negociar con narcotraficantes o delincuentes para aprovisionarse.
“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.”
Art.19 de la Constitución Nacional
FUENTES CONSULTADAS
www.consulex.com.ar
http://www.criticadigital.com/
http://www.lanacion.com.ar/
revista THC
http://www.diariojudicial.com/
www.pagina12.com.ar
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